El Real Decreto-Ley que establece nuevas reglas, garantías y requisitos para extremar la protección de pacientes y profesionales ante la exposición a radiaciones médicas ionizante ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. El objetivo del mismo es el de tener “más rigor” ante el incremento de estas exposiciones, debido a las novedades tecnológicas y científicas y a la introducción de nuevos procedimientos en la práctica clínica.
En concreto, esta norma se basa parcialmente la Directiva 2013/59/Euratom. Esta transposición es parcial porque la Directiva afecta a las competencias de varios Ministerios: Transición Ecológica, que ya ha aprobado una Orden de transposición parcial; Fomento; Industria, Comercio y Turismo; Interior y Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Por todo ello, está previsto aprobar o modificar un total de ocho Reales Decretos.
Medidas para profesionales y pacientes
Respecto a los detalles de esta nueva normativa, esta incluye medidas como definir de forma más clara las responsabilidades de los profesionales implicados. Así, una de las principales aportaciones del RD es la definición de las condiciones de aplicación de estas técnicas con el fin de que las exposiciones radiológicas tengan un beneficio neto respecto al riesgo asumido y que se mantengan las dosis individuales tan bajas como sea razonablemente posible.
Asimismo, el RD incluye la formación de los profesionales en Protección Radiológica tanto en los planes de estudios de Pregrado como en los programas de Oncología Radioterápica, Radiodiagnóstico, Medicina Nuclear y otras especialidades. Incluye la de los técnicos superiores habilitados como operadores y la formación continuada. Al mismo tiempo, el texto actualiza y delimita las responsabilidades de los profesionales que intervienen en los diferentes procedimientos radiológicos y unidades asistenciales.
En lo que respecta a los pacientes, reconoce el derecho de los pacientes a ser informados sobre los riesgos y beneficios de las pruebas con radiaciones y de las dosis a las que se exponen, información que debe ser proporcionada por el prescriptor y el profesional sanitario responsable de la exposición. Esta información debe estar recogida en el informe dosimétrico, que formará parte de la historia clínica.
Por otra parte también regula aspectos novedosos como la protección de la infancia, la mujer durante el embarazo y la lactancia, las personas cuidadoras, los voluntarios que participan en programas de investigación, las exposiciones accidentales y los procedimientos que impliquen altas dosis para el paciente.
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