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jueves, 11 de abril de 2024

SCJN reconoce etiquetado de advertencia en alimentos y bebidas

La Secretaría de Salud reconoce la decisión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determina la constitucionalidad de las disposiciones sobre el etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, para indicar los productos que exceden los límites de calorías, azúcares, grasas saturadas, sodio y grasas trans, así como las leyendas de edulcorantes y cafeína.

Especialistas de Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud indican que el fallo de la SCJN reconoce el derecho de la población a tomar decisiones informadas respecto a la compra e ingesta de productos ultraprocesados.

Etiquetado de advertencia

El etiquetado frontal de advertencia es una medida proporcional que cumple un fin constitucionalmente válido; el derecho a la información, alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, así como a la protección de la salud, como reconocieron las y los ministros de la SCJN.

El sistema de etiquetado para productos industrializados proporciona información útil que facilita la decisión de compra de la población, al identificar fácilmente el exceso en contenido de energía e ingredientes críticos como azúcares, sodio, grasas saturadas y grasas trans, cuyo exceso de consumo puede ser perjudicial para la salud.

Información nutrimental

Está documentado que el consumo excesivo de sodio, azúcares y grasas saturadas o trans, que se encuentran con mayor frecuencia en productos ultraprocesados, está vinculado con el desarrollo de sobrepeso, obesidad, diabetes y enfermedades cardiovasculares.

Cabe destacar que más de 70 por ciento de las muertes en personas adultas en México; estos padecimientos son complejos y multicausales, y están relacionados principalmente con cambios no favorables del entorno, como mayor disponibilidad y accesibilidad a productos industrializados.

La Secretaría de Salud reitera la importancia de utilizar las Guías Alimentarias y Sostenibles para la Población Mexicana que contienen recomendaciones sobre qué alimentos debemos consumir diariamente, cuánta agua debemos tomar al día, los productos que debemos evitar, como los que tienen los sellos frontales, así como el tipo de actividad física que nos ayuda a mantener una vida saludable.

Procesos legales

La SCJN negó los amparos a dos empresas inconformes con el etiquetado frontal de alimentos y bebidas, ya que determinó, entre otros aspectos, que las disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 no violan los principios de igualdad, no discriminación y equidad, y no favorecen a otros sectores, industrias y productos del comercio, en perjuicio de dichas empresas.

En este sentido, cabe destacar que está pendiente un recurso interpuesto por una tercera empresa ante el máximo órgano jurisdiccional.

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