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martes, 5 de abril de 2022

CC.OO lamenta que la resolución sobre temporalidad no sea un documento consensuado

Comisiones Obreras ha emitido un nuevo comunicado después de que el Gobierno haya decidido sacar una resolución de la Secretaría de Estado de función pública, en lugar del Documento de criterios comunes, para el desarrollo de los procesos de estabilización. En el mismo, lamenta que las administraciones públicas pierdan la oportunidad de dar una solución consensuada a la temporalidad. Con ella, a las justas reivindicaciones del personal fijo en el sector público. Asimismo, insiste en que esta resolución nuevamente deja fuera al personal fijo de las administraciones públicas, generando así una clara discriminación.

No obstante, desde CC.OO siempre se ha insistido en la necesidad de dar seguridad jurídica a estos procesos para poder dar estabilidad a las plantillas. Por ello, el sindicato reivindica que es necesario un mayor compromiso con el personal fijo, respecto a la mejora de la promoción interna. Igualmente, pide garantizar el derecho a traslados.  De esta forma, CC.OO demandará de manera inmediata una reunión para tratar de solventar tal abandono y retomar la negociación del III Acuerdo.

CC.OO no comparte la resolución

En concreto, en cuanto a las medidas propuestas por el Gobierno, CC.OO no comparte los cambios introducidos. Argumentan que las medidas incluidas en la resolución generan un mayor grado de inseguridad jurídica. Por ello, pueden poner en serio peligro los procesos de estabilización.

En este sentido, CC.OO insiste en que no puede compartir el cambio producido en el compromiso con la estabilidad para en el empleo, para las situaciones reconocidas en fraude de ley del colectivo indefinido no fijo, dejando abierta la posibilidad real de resolver esta situación.

Del mismo modo, CC.OO no comparte el cambio producido en el apartado de reconocimiento de la prestación de los servicios prestados, lo que en ningún caso garantizará el denominado “turismo opositor”, si es lo que se pretende evitar.

Así, recuerdan que la Directiva Comunitaria 1999/70 CE transpuesta a nuestro Ordenamiento Jurídico, gracias al Acuerdo de 5 de julio suscrito por este Sindicato, recogido en el artículo 1 de la Ley 20/2021, reconoce la no discriminación entre personal fijo y temporal en su cláusula 4ª.

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