El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Proyecto de Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Esta normativa es conocida como ley de ‘nueva normalidad’. La misma fue aprobada el pasado 18 de marzo en el Congreso de los Diputados. Entrará mañana en vigor y se mantendrá hasta que acabe la pandemia.
La ministra de Sanidad, Carolina Darias, resaltó que esta norma va a “permitir avanzar el control de la pandemia y también en funciones de vigilancia, inspección y control de casos”. Asimismo, insistió en que está llamada a ser una fuente de conocimiento para aquellos que tengan que tomar decisiones similares en el futuro.
Medidas de la nueva normalidad
Entre las medidas contempladas en el texto, se mantiene la obligación del uso de mascarilla para las personas, a partir de los seis años. También el usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público. Incluso aunque se mantenga la distancia de seguridad de 1,5 metros.
En cualquier caso, la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada. Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad.
El documento de nueva normalidad también aborda las autorizaciones de comercialización de aquellos medicamentos considerados esenciales en la gestión de la crisis. Estas deberán comunicar a la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) el ‘stock’ disponible. También la cantidad suministrada en la última semana y la previsión de liberación y recepción de lotes de los mismos. Todo ello incluyendo las fechas y cantidades estimadas.
Además, incluye que las administraciones competentes velarán por garantizar la suficiente disponibilidad de profesionales sanitarios en la nueva normalidad. También la capacidad de reorganización de los mismos de acuerdo con las prioridades en cada momento. Asimismo, alude a la garantía de un número suficiente de profesionales involucrados en la prevención y control de la enfermedad. Esto pasa por su diagnóstico temprano, la atención a los casos y la vigilancia epidemiológica.
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