Profesionales del ámbito jurídico-sanitario han protagonizado la tertulia organizada por la compañía Promede para abordar el concepto actual de objetividad e imparcialidad del perito médico. El coloquio, celebrado en el Hospital Universitario HM Sanchinarro de Madrid, fue inaugurado y clausurado por Juan Abarca Cidón, presidente del Grupo HM Hospitales.
El artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil indica que el perito debe tener la mayor objetividad posible considerando tanto lo que pueda favorecer como perjudicar a cualquiera de las partes. En la práctica, los informes periciales pueden llegar a conclusiones muy diferentes en la valoración de los hechos analizados o en la aplicación del baremo.
En la introducción de la jornada, Manuel Moya, director de Docencia de Promede, ha recordado la definición de objetividad. Se trata del “principio complementario al de imparcialidad que exige actuar atendiendo a criterios objetivos. Tienen que estar relacionados con el objeto sometido a consideración y nunca con los sujetos interesados ni con el sentir personal de quien actúa”.
Cualidades periciales del perito médico
En este sentido, se ha referido a las “cualidades personales y profesionales del perito médico, a las que, además, se suman las cualidades periciales”. Entre estas características ha considerado imprescindibles la objetividad, la imparcialidad, así como la capacidad para emitir un informe útil, veraz y aclaratorio. También debe tener respeto a las normas deontológicas y legales.
“¿Se puede cuantificar la objetividad e imparcialidad?”, se ha preguntado Manuel Moya. “Debe basarse en la Medicina basada en la evidencia. Esto exige hablar de porcentajes, bibliografía adecuada al tema en cuestión, etc., y evitar prejuicios que vayan en contra de esa Medicina basada en la evidencia”.
Respecto a las “cualidades periciales”, ha mencionado, aparte de la objetividad y la imparcialidad, también la veracidad, la honestidad, la madurez, la prudencia, ser reflexivo y tener sentido común.
Sala crítica
En el debate posterior han intervenido Ofelia de Lorenzo, socia directora del área Jurídico-Contenciosa en De Lorenzo Abogados y presidenta de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS); Íñigo Cid-Luna, de DAC Beachcroft; Carlos Sardinero, fundador de Sardinero Abogados; Carlos Represas, director de innovación de Promede, y Lucía Cristea, magistrada suplente en la sección Penal de la Audiencia Provincial de Baleares y presidenta de la sección de Derecho Sanitario del Colegio de Abogados de Barcelona. La moderadora de la mesa ha sido María Rodríguez de Alba, directora de Responsabilidad Sanitaria de Promede.
La magistrada Lucía Cristea ha añadido, de entre las cualidades que debe tener un buen perito médico, la de “ser un buen comunicador para que se comprenda su mensaje”. También ha recordado que la intervención del perito médico es fundamental, por ejemplo, en el ámbito de las agresiones sexuales, etc. Por tanto, es necesario que esté actualizado en el área de conocimiento correspondiente.
“Queremos que el peritaje sea útil, es fundamental. Un ejemplo claro es el del pediatra que determina si un padre es o no apto para ejercer la guardia y custodia de un hijo”, ha dicho.
Otro término que ha mencionado, junto con Carlos Sardinero, es el de “sala crítica”, en referencia a “valorar en conciencia, intentar poner sentido común, algo que se logra cuando se ha entendido lo que ha explicado el perito”. En el ámbito judicial, ha recordado también que “el rol del abogado es defender siempre los intereses del cliente, mientras que el perito defiende la ciencia”.
Concepto racionalista
En su intervención, el abogado Carlos Sardinero ha relacionado la labor del perito con la filosofía. El concepto “sala crítica”, según ha dicho, se refiere a la lógica, la ciencia, y la experiencia; en definitiva, “un concepto racionalista a la hora de valorar la prueba”. Además, la especialidad es una cuestión a tener en cuenta, pero no determinante. “A lo mejor el perito médico no especialista es mejor y ha estudiado el asunto con más profesionalidad”, ha apuntado.
El fundador de Sardinero Abogados ha dicho también que “los protocolos no son guías inflexibles, sino que a veces hay que romperlos, en función de cada caso concreto”.
«El perito debe describir y descubrir correctamente los hechos, los datos, sus fuentes para ser imparcial, objetivo e independiente. Debe dar una explicación racional y, sobre todo, coherente, asumiendo los parámetros de las guías clínicas para defender su informe», ha indicado Carlos Sardinero.
Causalidad médico-legal
En el turno de preguntas, ha intervenido Ricardo de Lorenzo, del Bufete De Lorenzo Abogados. “Fundamentalmente, el perito médico debe conocer la causalidad médico-legal”, ha destacado. Por su experiencia, ha apuntado que es frecuente que en los juicios se minusvalore la labor de los médicos forenses”, ha lamentado.
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