Llevamos semanas hablando de las bajas por la 6ª ola, el colapso de la gestión de las bajas en Atención Primaria, las propuestas de “nueva” norma o nuevo criterio para dar partes de baja y alta a la vez y reducir así los trámites administrativos, y descargar a Primaria en momentos en que de nuevo una vez más debe focalizarse en la pandemia, o tal vez mejor expresado la demanda en aluvión de la atención de pacientes infectados o contactos estrechos desborda su capacidad de actuación, en un sistema sanitario que ha resistido a las “pruebas de estrés” gracias más a la dedicación individual de los sanitarios que a la arquitectura del sistema, ya tocado antes de la pandemia.
En cuanto a las bajas, en un sistema dicotómico donde lo sanitario (SPS) inicia el proceso, y hace seguimiento a la par que presta asistencia, pero el pago y “control” compete a mutuas e INSS, es decir entre salud pública y protección social, se ha echado en falta una previsión de la que se nos venía encima, y salir a la palestra para recordar o instruir desde seguridad social, que se disponía de una herramienta, que ya existía, para la gestión de las bajas de corta duración. Y es que este debate de proponer bajas y altas para el COVID, era estéril, pues no hacía falta “inventar la pólvora”, dado que la norma que regula la gestión de las bajas el Real Decreto 625/2014, ya disponía en su artículo 2 apartado 3 a) que en los procesos de duración estimada inferior a cinco días naturales, el facultativo del servicio público de salud, podrá emitir el parte de baja y el parte de alta en el mismo acto médico, y que si a la fecha del alta no se hubiere recuperado, cabe prorrogar la baja mediante parte de confirmación.
Pues bien, este tipo de bajas y altas, y en concreto para COVID y su variante ómicron, entendiendo es una variante menos virulenta, que “incapacita laboralmente” menos tiempo que otras previas, entendiendo la dificultad para cita presencial en Primaria para pedir la baja y entendiendo la dificultad para cita presencial en Primaria para pedir el alta, supondría adecuar la duración de las bajas; pues de no utilizarse esta posibilidad regulada, pudiéramos encontrarnos con que las bajas, en muchos casos con efectos retroactivos, y con la dificultad y poca agilidad para conseguir el alta, se prolonguen innecesariamente días posteriores a cuando ya se ha recuperado la capacidad laboral.
Dicho lo cual, es momento de plantearse algunas cuestiones todavía no resueltas.
En cuanto a la seguridad social y mutuas colaboradoras (recordemos que las bajas COVID se “pagan” como si fueran accidente de trabajo):
- ¿Se conoce el número de bajas por COVID, su duración media y su desviación respecto a olas precedentes (mejor sería conocerlas por “periodos”, para conocer el impacto de los sucesivos puentes y celebraciones, constitución, navidad, año nuevo, reyes) desde que a finales de noviembre dio comienzo la 6ª ola?
- ¿Se conoce el número de bajas por otros procesos (NO COVID), y si como efecto colateral o transversal, estas se han incrementado en número y en duración respecto a periodos entre olas?
En el artículo “la incapacidad temporal laboral en los tiempos del COVID-191” que estudió las consecuencias en la incapacidad laboral temporal de la pandemia en la primera ola, confinamiento, desescalada y vuelta a la normalidad, entre los meses de marzo a octubre 2020 se determinaba el impacto «colapsante» del COVID-19 en el sistema sanitario que además supuso el retraso de pruebas, cirugías o tratamientos no urgentes en procesos “No COVID-19”, así como las dificultades de contacto asistencial empeoraron la “salud laboral”, prolongando las situaciones de incapacidad laboral y elevando el riesgo que ello encierra de retorno laboral difícil, por la esperada mala evolución de cualquier enfermedad cuando no puede ser tratada y atendida de forma temprana, a lo que se añade el mayor riesgo de pase a desempleo, el mayor gasto en prestaciones y un deterioro económico para empresas y autónomos.
Por otra parte como consecuencia del COVID-19, se expuso a un riesgo añadido y nuevo a la población trabajadora; muy especialmente a sanitarios y socio sanitarios, quienes sufrieron la enfermedad como consecuencia directa de su trabajo por enfermedad de indudable carácter de enfermedad profesional, y con falta de las adecuadas medidas preventivas, que están viéndose sancionadas por numerosas sentencias judiciales. Concluyéndose que el impacto de la pandemia en la incapacidad laboral evidencia un deterioro de la salud por otros procesos con consecuencias a largo plazo.
Si Atención Primaria está colapsada, si las citas presenciales en Primaria son difíciles de conseguir, ¿se están dando bajas por contacto telefónico, por cualquier proceso NO COVID?
Por lo que cabe otra cuestión, incómoda, ¿qué riesgo se corre de que ante las dificultades de contacto con Primaria, ante la extensión de las bajas por teléfono, cuando definitivamente el trabajador enfermo puede contactar, en algunos supuestos pueda darse de forma inoportuna, un inadecuado absentismo por incapacidad? En términos de “aseguramiento” se llama “riesgo moral2” al riesgo de incrementado de condiciones de baja, por la “voluntariedad” última del paciente en su acceso y prórroga de la situación incapacitante.
Una cuestión final en términos de salud pública:
Si Atención Primaria está colapsada, si la Atención Primaria es la puerta de acceso a la atención especializada, si por tanto dolencias que corresponden a atención especializada se posponen. Si asistimos a una recurrencia en atención hospitalaria de posponer tratamientos no urgentes o programados, en los picos de las olas de esta pandemia.
¿Se conoce el impacto en la salud pública de ello?
1Vicente-Pardo, José Manuel, & López-Guillén-García, Araceli. (2021). La incapacidad temporal laboral en los tiempos del COVID-19, aspectos preventivos y consecuencias. Medicina y Seguridad del Trabajo, 67(262), 37-72. Epub 15 de noviembre de 2021.https://dx.doi.org/10.4321/s0465-546×2021000100004
2Incapacidad laboral, riesgo moral y riesgo laboral | Prevencionar
2https://prevencionar.com/2018/05/08/incapacidad-laboral-riesgo-moral-y-riesgo-laboral/
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