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martes, 9 de agosto de 2022

Castilla-La Mancha pagará guardias médicas en periodo de incapacidad temporal por embarazo

Castilla-La Mancha pagará guardias médicas en periodo de incapacidad temporal por embarazo. Así lo ha confirmado Regina Leal, directora gerente del Servicio de Salud-Sescam, quien ha informado de que acatará la sentencia del Tribunal Supremo que fija como doctrina el abono de la parte proporcional de guardias en el ámbito sanitario en los periodos de incapacidad temporal por embarazo, tras el caso de una facultativa que denunció esta situación.

Regina Leal ha indicado que la Administración sanitaria estudiará si la aplicación es a un caso concreto o puede extenderse a un escenario más generalizado.

Las guardias son tiempos de trabajos obligatorios

La sentencia señala que las guardias son tiempos de trabajos obligatorios para el personal, y no se consideran horas extraordinarias. El Tribunal Supremo ha calificado este complemento como una «retribución ordinaria y estable en su devengo». No es compatible en su naturaleza de retribución variable en su cuantía según el número de horas realizadas en cada periodo de devengo mensual.

Su exclusión durante el periodo de adaptación del puesto de trabajo por situación de riesgo derivado del embarazo menoscaba un componente ordinario y estable en la retribución. Y lo hace «por una razón última, el embarazo, que tan solo puede vincularse al sexo femenino».

Por consiguiente, la doctrina de interés casacional que ha de fijar el Tribunal Supremo es que durante los periodos de adecuación del puesto de trabajo del personal estatutario de los servicios de salud, por situación de riesgo derivado del embarazo de la trabajadora, que conlleven la no realización de jornada complementaria por atención continuada (guardias) se mantiene el derecho de la trabajadora a la percepción del complemento por atención continuada.

Este complemento deberá ser proporcional al que venía percibiendo antes de la adaptación del puesto de trabajo. También deberá mantenerse durante todo el periodo que se prolongue esta medida de adaptación por riesgo derivado de la situación de embarazo.

Incapacidad temporal durante el embarazo

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha celebrado lo que considera «una sentencia pionera» en Castilla-La Mancha. Ha recordado que «fija doctrina del Tribunal Supremo en los recursos planteados por el Sescam, y obliga al abono del promedio de guardias en el periodo de incapacidad temporal durante el embarazo.

La sentencia, dictada por el Tribunal Supremo con fecha 14 de julio, y posterior comunicación al sindicato, «consolida de forma definitiva su postura. Fija la doctrina por la que, a partir de este pronunciamiento, han de regirse los tribunales».

Según CSIF, «existían numerosos procedimientos que se encontraban paralizados a la espera de resolución». A partir de ahora, los tribunales deberán pronunciarse necesariamente en este sentido siempre que la incapacidad temporal esté relacionada con el embarazo.

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