Tras el primer anuncio del Ministerio de Sanidad sobre sus propuestas para las medidas de Navidad de cara a la pandemia, el Consejo Interterritorial del SNS ha llegado a un nuevo acuerdo de medidas comunes. Estas son más permisivas que las anunciadas inicialmente. Por ejemplo, las reuniones pasan de un máximo de 6 a 10 personas. Además, el toque de queda para los días 24 y 31 se amplía hasta las 1.30 a.m.
Se trata de un marco común cuyo objetivo es modificar ciertas costumbres para garantizar la seguridad y el control de la pandemia. Todo ello procurando el menor impacto en el desarrollo de las fiestas.
Pese a ello, el Ministerio de Sanidad recuerda que las medidas para Navidad se plantean en un escenario en el que la situación epidemiológica tiene una tendencia descendente. Sin embargo, existen situaciones distintas en las diferentes CC. AA. Por tanto, incide en que estas podrán estar sujetas a restricciones que pueden variar dependiendo de la evolución epidemiológica de las mismas. Todo de acuerdo a lo establecido en el documento de Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisión de COVID-19. También a la normativa desarrollada en cada comunidad autónoma.
Relación de medidas para Navidad
En cuanto a las propias medidas para Navidad estas abordan diferentes ámbitos. El primero es el movimiento dentro del territorio español. Así, se ha acordado que entre el 23 de diciembre y el 6 de enero las CC. AA. y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida prevista en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020. Este apartado no será de aplicación en Canarias ni Baleares.
La excepción serán aquellos desplazamientos adecuadamente justificados. De nuevo, a la vista de la evolución de la situación epidemiológica, las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía podrán establecer que esta última salvedad únicamente resulte aplicable en días determinados.
Respecto a los encuentros familiares o en los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero se indica que no se debe superar el número máximo de diez personas. La excepción es que se trate de convivientes.
Respecto a los eventos navideños, organizados entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, las comunidades y ciudades autónomas no permitirán la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público. Los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma. Se prohíbe comer y beber en la vía pública a excepción de los espacios acondicionados para ello.
The post Las medidas para Navidad podrán variar según la evolución epidemiológica de cada CC. AA. appeared first on El médico interactivo.
from El médico interactivo https://ift.tt/3lAGp7h
0 comentarios:
Publicar un comentario