Ante la situación de desbordamiento de muchos hospitales y ante el peligro de nuevas infecciones, una de las medidas que ha decidido el Gobierno es la de permitir que los pacientes no ingresados podrán disponer de algunos fármacos hospitalarios fuera del hospital. Así se ha dado a conocer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se ha publicado una nueva orden, dictada por el ministro de Sanidad, Salvador Illa. De esta forma, Sanidad permite que las autonomías lleven a cabo las iniciativas que consideren necesarias para administrar medicamentos de uso hospitalario fuera del centro hospitalario, siempre que las condiciones del paciente, de la enfermedad, del medicamento o de la situación epidemiológica así lo aconsejen.
En cuanto a la situación en la que quedan los ensayos clínicos, la orden señala que, de forma excepcional, el órgano competente en materia de prestación farmacéutica de la comunidad autónoma podrá establecer las medidas oportunas para que los pacientes que participen en un ensayo clínico reciban la medicación en su domicilio.
De esta forma se establece que el órgano competente de la comunidad autónoma podrá determinar que los promotores del ensayo clínico proporcionen la logística necesaria, bajo la dirección del servicio de Farmacia correspondiente y el investigador principal del ensayo clínico.
Limitaciones a tener en cuenta
Esta nueva orden sobre los fármacos hospitalarios también establece que las autoridades competentes de cada comunidad autónoma podrán dictar las resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, en la esfera específica de su actuación, sean necesarias para garantizar la eficacia de lo dispuesto en la misma.
No obstante, los servicios de farmacia hospitalaria no podrán dispensar medicamentos de dispensación hospitalaria para más de dos meses de tratamiento, si bien la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios podrá reducir este periodo a un mes en el caso de aquellos medicamentos en los que se considere necesario preservar su disponibilidad.
El límite previsto en este caso no aplicará a la medicación dispensada en ensayos clínicos, recomendándose en este caso que el paciente reciba, con carácter general, una cantidad de medicamento que permita cubrir un periodo mayor de tratamiento que el habitual.
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