A partir de esta semana será obligatoria la identificación de medicamentos genéricos en la prescripción médica, es decir, se tendrá que señalar el nombre del principio o sustancia activa, así el paciente podrá elegir el que se ajuste a su presupuesto.
Lo anterior, luego de que en el Diario Oficial de la Federación se publicaron los cambios a los artículos 225, 226 y 226 bis 1 de la Ley General de Salud, entre los que destaca que los medicamentos genéricos son eficaces y cuentan con la bioequivalencia adecuada.
Asociaciones, distribuidores y laboratorios de genéricos lo avalan
Los integrantes de la Asociación Nacional de Distribuidores y Laboratorios de Medicamentos Genéricos, A.C. (Dilameg) aplauden el decreto porque argumentan que dicho organismo en todo momento ha promovido políticas y acciones públicas para garantizar el acceso a medicamentos accesibles y lograr una sociedad más sana, con un gasto menor.
Así lo destaca Arturo Manríquez, director general del Dilameg, que señala que el decreto es una puerta hacia más políticas públicas sobre medicamentos genéricos en México y mejorar las acciones de farmacovigilancia.
Asimismo, en la Asamblea General Ordinaria de Dilameg por el cambio de su Órgano Directivo, el presidente entrante de la asociación para el periodo 2022-2024, Santiago Bojalil Rébora, se pronuncia en favor de la libre prescripción de medicamentos: “Que el paciente tenga la decisión de comprar un genérico de precio accesible o un producto de marca, que viene desde la prescripción del doctor hasta la dispensación en la farmacia”.
Los asociados de Dilameg expresaron su reconocimiento por haber aumentado el número de integrantes, consolidar los laboratorios y distribuidores de genéricos nacionales, equilibrar las finanzas y trabajar una agenda muy productiva de capacitación y con las autoridades gubernamentales.
Dilameg es una asociación que integra a 25 laboratorios mexicanos, mismos que producen más de 2 mil millones de piezas de medicamentos genéricos al año, así como 14 distribuidores que garantizan una red comercial que llega a más de 34 mil puntos de venta.
Los cambios a la Ley General de Salud son:
- Artículo 225. La identificación genérica será obligatoria.
- Artículo 226. El emisor de la receta médica prescribirá los medicamentos en su denominación genérica y, si lo desea, podrá indicar la denominación distintiva de su preferencia informando al paciente sobre las opciones terapéuticas.
- Artículo 226 Bis 1. La Secretaría de Salud promoverá las medidas y acciones necesarias a efecto de comunicar a la población, sobre la seguridad, eficacia y calidad de los medicamentes genéricos y biocomparables.
El decreto es resultado de una aprobación unánime en el Senado y con la mayoría en la Cámara de Diputados a una iniciativa que busca garantizar medicamentos biocomparables asequibles a todos los ciudadanos.
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