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martes, 18 de mayo de 2021

El Supremo anula la adjudicación telemática de plazas de formación especializada de 2020

El recurso presentado por 35 aspirantes a formación sanitaria especializada de 2020 ante el Tribunal Supremo ha dado sus frutos. Así, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del mismo ha ratificado la anulación de la adjudicación telemática de estas plazas.

Los magistrados del Alto Tribunal concluyen que con la adjudicación exclusivamente telemática se vulneró injustificadamente la vinculación a las bases de la convocatoria. En concreto al “al eliminar el sistema de comparecencia personal”, que sí hacía factible el ejercicio de la facultad de ‘retrasar turno’ garantizado en la convocatoria. Pese a ello, dos magistrados han emitido un voto particular en contra.

Igualmente, consideran que el artículo 2 de la Orden SND 411/202 “no tiene el rango necesario”. Al menos para imponer “la solicitud de plaza de forma electrónica”. Todo ello, “imponiendo a los participantes en el proceso la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración para estos actos”. Por ello, ha anulado dicho apartado de la convocatoria y ha impuesto una serie de costas a la Administración General del Estado.

Las alegaciones en contra de la adjudicación telemática

En cuanto a los argumentos presentados contra la adjudicación telemática son varios. Los 35 aspirantes consideraban “infundada” la justificación en razones de imposibilidad o dificultad en los desplazamientos. En concreto, al haber decaído el estado de alarma en el momento de la adjudicación.

De la misma forma, sostienen que el sistema de solicitud electrónica “no es fiable”. Así argumentaron que “la plataforma no es garantista ni ofrece un mínimo de seguridad,”. De esta forma, el principal argumento es que “el aspirante que no cumpla con la petición de plaza se le tendrá por renunciado expresamente”. Es decir que, si un aspirante tiene problemas para acceder a la web de petición de plaza, por la razón que sea, se le tendrá por desistido de la petición de plaza para el año 2020. Además, no tendrá una segunda oportunidad para solicitar plaza. Todo ello suponía un claro perjuicio económico, personal y profesional. “Pues deberá esperar hasta el año próximo para seleccionar plaza, comenzar a formarse y trabajar”, alega el recurso estimado por el Supremo.

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