El Ministerio de Sanidad está trabajando en un plan de ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19′. Este establece cuatro niveles de alerta con unas medidas mínimas, proporcionales al nivel de riesgo de transmisión en cada comunidad autónoma. Las mismas serían adaptables según la situación y el contexto de cada región. De hecho, la decisión sobre qué medidas y cuándo aplicarlas será tomada por las comunidades autónomas.
De esta forma, se tendrían en cuenta los indicadores relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública. También las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta y la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control. En todo caso, Sanidad puntualiza que “siempre se hará una valoración individualizada de la situación de la CC. AA. y se tendrán en cuenta otros posibles indicadores, incluidos los cualitativos”.
Una vez analizados estos indicadores, se fijarán los valores que debe tener cada uno. Con los mismo de determinarán los niveles de alerta como situación extrema, alta, media, baja o de nueva normalidad. Así, por ejemplo, la Comunidad de Madrid estaría en riesgo extremo en el apartado de incidencia acumulada de casos diagnosticados en 14 días, al superar los 250 casos por cada 100.000 habitantes.
Medidas para los diferentes niveles de alerta
Respecto a las medidas para cada uno de los niveles de alerta serían los siguientes. El nivel de alerta 4 supondrá la toma de “medidas excepcionales” tras una evaluación específica de la situación, que “podrán incluir la limitación de la movilidad de las personas, cierres perimetrales u otras restricciones del movimiento”. Además, se incorporarán todas aquellas restricciones que se contemplan en el nivel 3.
En ese tercer nivel, se encuentran, entre otras, medidas como limitar reuniones a un máximo de 6 personas en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia; limitar aforo al 30 por ciento transporte; reducción al 30 por ciento del aforo en los centros de culto con prohibición de cantar; máximo de diez personas en espacios cerrados y 15 en abiertos en velatorios y bodas. Asimismo, los comercios deberán reducir su aforo a un 25 por ciento y los mercados al aire libre podrán abrir con un 25 por ciento de los puestos habituales. Las terrazas al aire libre contarán con el 50 por ciento de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, con ocupación máxima de 6 personas por mesa.
En los otros dos niveles de alerta, los más bajos, las restricciones son similares, aunque con aumentos de aforo. Por ejemplo, en el nivel dos las reuniones estarían limitadas a un máximo de 10 personas en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia, y no a seis como en el nivel 3. El aforo de los comercios estaría fijado en un 75 por ciento como máximo. En cualquier caso, Sanidad recuerda que “los servicios esenciales, como supermercados, centros sanitarios o transporte colectivo y de mercancías continuarán abiertos en todas las fases”.
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